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BASES Y CONDICIONES VOLVE AL COLE CON BORITA 2026

  • 10 feb
  • 10 Min. de lectura

Actualizado: 19 feb




`` VOLVE AL COLE CON BORITA´´– SANTIAGO SAENZ S.A.

Santiago Sáenz S.A. (en adelante, el “Organizador”), con domicilio en Avda. Rodríguez Durañona Nº 502, Ciudad de Salta, Provincia del mismo nombre, organiza la promoción denominada: ``Volve al cole con Borita´´ (en adelante, la “Promoción”) consistente en la participación en un sorteo (en adelante, el “Sorteo”) que se regirá por las siguientes bases y condiciones (en adelante, las “Bases”).

El presente sorteo tiene por objeto publicitar y promover el producto Borita Jabón líquido para Diluir, el cual es producido y fabricado por la Organizadora.

La sola participación en el Sorteo implicará el pleno conocimiento y aceptación de todos y cada uno de los términos establecidos en las presentes Bases.

1. Vigencia: La Promoción estará vigente desde las 00:00 horas del día Jueves 19 de Febrero de 2026 hasta las 23:59 horas del día Miércoles 11 de Marzo de 2026, ambas fechas inclusive (en adelante, el “Plazo de Vigencia”). Siendo dicho plazo improrrogable, no se aceptarán participaciones posteriores a la finalización del mismo.


2. Ámbito de Aplicación: esta Promoción será válida únicamente en el territorio de Salta, Jujuy, Tucumán, Chaco y Misiones (En adelante, el “Territorio”).


3. Participantes: Podrán participar de la Promoción todas aquellas personas físicas, mayores de 18 años al momento del inicio del Plazo de Vigencia y con domicilio en el Territorio (en adelante, los “Participantes”) que sigan el mecanismo de participación aquí establecido. Se tendrán por expresa y plenamente aceptadas estas Bases con la mera Participación en la Promoción.


No podrán participar de manera alguna en la Promoción, personas menores de 18 años, aquellas personas físicas domiciliadas fuera del Territorio aplicable, personas jurídicas, personal o allegados del Organizador, sus controladas y/o vinculadas, ni sus familiares por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive.-


4. Mecanismo de participación: Aquellas personas que deseen participar deberán:

Seguir la cuenta oficial de Instagram de la marca ``BORITA´´: @borita.abrazamas.

Comentar la publicación del sorteo etiquetando a un (1) amigo.

ACLARACION: Las cuentas de los participantes deberán corresponder a personas físicas reales y cumplir con los requisitos establecidos en la Cláusula N. º 3.


5. Premio: En el presente Sorteo se encontrarán en juego tres (3) premios, los cuales serán adjudicados a los participantes que resulten ganadores conforme el mecanismo establecido en la Cláusula 8 (ochos) del presente Reglamento.

Cada ganador recibirá un (1) premio. Cada premio estará conformado por:


•        Una (1) Notebook Marca EXO INTEL N4020, pantalla 14”, 4GB RAM, SSD 128GB, Modelo RM84.

•        Una (1) Silla Ergonómica para Oficina/Escritorio, modelo Mesh DarkLight.

•        Un (1) Mini proyector portátil 4K Android 11 Full HD Smart WiFi.

•        Dos (2) bultos de jabón líquido Borita para diluir.


Se deja expresamente aclarado que los Premios no son canjeables por ningún otro bien o servicio, distinto a los aquí estipulados; ni tampoco por dinero en efectivo u otra forma de compensación, de modo que el Premio no será negociable ni sustituible.

Asimismo, estos no serán transferibles por parte del Organizador, sino en razón de la asignación de los mismos únicamente a los potenciales ganadores que devenguen en Ganadores conforme el Sorteo de la Promoción.

La responsabilidad del Organizador finaliza con la puesta a disposición del Premio al correspondiente Ganador. Se establece expresamente que el Organizador no otorga garantía alguna sobre el Premio ni publicitan de manera alguna su contenido; no asumen responsabilidad alguna por fallas, falencias, errores, daños o cualquier tipo de inconveniente relativo al mismo.

El Organizador tampoco serán responsables por los daños o perjuicios que pudieren sufrir el Ganador, terceros, o aquellas personas que hicieren uso de los Premios con motivo y/u ocasión de la participación en la presente Promoción, ni serán responsables del destino que el Ganador otorgue al Premio; declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente a los Participantes, Ganadores y/o sus sucesores y/o familiares, lo que es aceptado incondicionalmente por cada Participante.

Los Participantes hacen expresa y voluntaria renuncia a todo reclamo de índole administrativo, judicial o extrajudicial contra el Organizador por su participación en la presente Promoción.


6. Causales de descalificación: Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Promoción que se realice mediante procesos, técnicas o mecánicas distintas a las detalladas en las presentes Bases.


Asimismo, será causal de descalificación inmediata la negativa, resistencia u omisión por parte del Participante y/o potencial Ganador a exhibir su Documento Nacional de Identidad (DNI), o la documentación identificativa que lo reemplace legalmente, cuando ello sea requerido por el personal de la Organizadora a los fines de constatar, verificar y cotejar su identidad, edad y demás datos necesarios para la validación de su condición de Participante y/o Ganador.

La Organizadora se reserva el derecho de descalificar a cualquier Participante que incumpla las presentes Bases, sin que ello genere derecho a reclamo, compensación o indemnización alguna.


7. Derecho de Admisión: El Organizador se reserva el derecho de admisión y participación en la Actividad Promocional, estando facultado para ordenar el inmediato retiro y/o descalificación de cualquier Participante si considerase que los datos ingresados al momento de su participación fueren incorrectos, ofensivos y/o de mal gusto y/o contrarios a la moral y buenas costumbres y/o cualquier otra circunstancia que, a exclusivo criterio del Organizador, pudiera suponer la desafectación del Participante de la Actividad Promocional.


El Organizador podrá descalificar y/o prohibir de la participación en la Promoción y/o no otorgar el Premio a aquellas personas que, por si o valiéndose de terceros, intenten socavar la operación legítima de la Promoción por medio de trampas, fraudes, engaños, manipulaciones o cualquier otra práctica desleal de juego destinada a ganar de forma ilegítima, molestar, insultar, amenazar o acosar a otros Participantes, sin perjuicio del derecho de reclamar los daños y perjuicios irrogados como consecuencia de dicho proceder. Asimismo, el Organizador, inhabilitará a cualquier Participante o Potencial Ganador que haya realizado tal conducta o llevare a cabo conductas fraudulentas en contra de los mecanismos de participación; como así también si se detectara el uso de algún sistema informático fraudulento y/o robot informático. En tales circunstancias, el Organizador, tendrá la facultad de analizar la conducta fraudulenta a través de los técnicos y peritos que considere pertinente, descalificar al Participante e iniciar las acciones legales que correspondan.


8. Sorteo: El día Jueves 12 de marzo de 2026 en la ciudad de Salta, se realizara un (1) sorteo (en adelante el “Sorteo”) de forma virtual a través de la plataforma “APP sorteos”, el cual será presenciado por un escribano público.

Tomándose como base todas las participaciones válidas ingresadas durante el plazo de vigencia de la Promoción, la plataforma, a través del enlace correspondiente a la publicación seleccionada, extraerá al azar comentarios efectuados por los participantes. La aplicación contemplará un (1) comentario por usuario, y cada comentario seleccionado será considerado Potencial Ganador (en adelante, el ``Potencial Ganador´´).


Como resultado del Sorteo, se seleccionarán en total tres (3) Potenciales Ganadores Titulares, así como nueve (9) Potenciales Ganadores Suplentes (en adelante, el/los ``Potencial/es Ganador/es Suplente/s´´), quienes serán convocados en el orden en que hubieren sido seleccionados, para el supuesto de que alguno de los Potenciales Ganadores Titulares, por cualquier motivo, no cumpliese con los requisitos exigidos para la participación, asignación y/o entrega del Premio.


La selección de los Potenciales Ganadores Suplentes tendrá como único fin sustituir a los Potenciales Ganadores Titulares que no resultaren válidos, sin que ello otorgue derecho automático alguno a la adjudicación del Premio.


9. Notificación y Entrega: El Organizador se comunicará con cada Potencial Ganador Titular dentro de un plazo máximo de setenta y dos (72) horas hábiles contadas desde su selección en el Sorteo. El contacto se realizará a través de la cuenta oficial de Instagram @borita.abrazamas. (en adelante, la ``Comunicación´´).

El Potencial Ganador contará con un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas desde recibida la Comunicación para responder al contacto. En caso de no hacerlo dentro del plazo indicado, perderá automáticamente su condición de Potencial Ganador, procediéndose a contactar al primer Potencial Ganador Suplente, y así sucesivamente, conforme el orden de selección.

Como instancia inicial y previa a la asignación del Premio, y al momento de establecer la Comunicación, el personal del Organizador requerirá al Potencial Ganador la exhibición y el envío de imagen del Documento Nacional de Identidad (DNI), frente y dorso, o documento válido que legalmente lo reemplace, a los fines de constatar y cotejar los datos de identidad, edad y demás información necesaria para validar su condición de Ganador. Asimismo, el personal de la Organizadora estará facultado a solicitar un número de teléfono de contacto para mayor fluidez en las comunicaciones, el cual se mantendrá bajo estricta confidencialidad.


Una vez verificada y validada la identidad del Potencial Ganador, el personal del Organizador procederá a notificar formalmente su condición de Ganador y a concertar el Acto de Asignación del Premio (en adelante, el ``Acto de Asignación´´), indicando fecha, hora y lugar, así como la documentación adicional que, en su caso, deba presentar.

El Acto de Asignación se llevará a cabo en la fecha y lugar que determine el Organizador. El Premio será entregado al Ganador al finalizar dicho Acto de Asignación.

Será condición indispensable para la entrega del Premio que el Ganador:

o suministre al Organizador sus ``Datos Personales´´;

o exhiba nuevamente su DNI original;

o suscriba el correspondiente recibo de entrega del Premio; y

o preste conformidad expresa y por escrito a las presentes Bases.

Se deja constancia de que la falta de retiro, recepción y/o uso del Premio por parte del Ganador en el momento indicado, por cualquier motivo o causa, incluyendo caso fortuito y/o fuerza mayor, hará perder en forma automática el derecho al Premio, sin derecho a reclamo alguno contra el Organizador, quedando el Premio en poder de este último.

Asimismo, si el Premio resultare no asignado por causas ajenas al Organizador, el mismo quedará en poder del Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna.

10. Destino de Premios no Adjudicados o no Retirados: Los Premios que eventualmente y por cualquier causa resultaren no adjudicados quedarán en propiedad y a disposición del Organizador conforme su exclusivo criterio. Los Premios que resulten adjudicados y no retirados por los Participantes Ganadores, en un periodo de cinco (5) días hábiles posteriores a su notificación, quedarán en propiedad y a disposición del Organizador.

11. Gastos: Será a cargo de cada Participante Ganador todo impuesto, tasa y/o contribución que deba tributarse sobre o en relación con el Premio. Asimismo, los ganadores se tendrán que hacer cargo de todos los gastos relativos a la entrega y recepción del premio, incluyendo aquellos gastos en que deba incurrir con motivo de proceder a retirar su Premio.

12. Probabilidades: Las probabilidades de resultar favorecido y ser Potencial Ganador del/de los Premio/s estarán sujetas al número total de participaciones válidas registradas durante la totalidad del Plazo de Vigencia y a la cantidad de Premios incluidos en el Detalle de la Actividad Promocional.

A los efectos del presente, por cada participante únicamente se computará una (1) participación válida, independientemente de la cantidad de comentarios o interacciones que dicho participante haya efectuado.

En este sentido, y a modo de ejemplo, si un participante hubiera ingresado una (1) participación válida, existiendo un total de mil (1.000) participaciones válidas y un (1) premio disponible, las probabilidades de que dicho participante resulte ganador de ese premio serán de una (1) en mil (1.000).


13. Cesión de derechos de imagen. Autorización de Uso: Los Participantes y/o Ganador o Potenciales Ganadores de la Promoción autorizan expresamente, por el solo hecho de su participación, al Organizador y/o a quien este designe, a difundir sus datos, y eventual imagen con fines publicitarios en los medios y formas que el Organizador, y/o quien este designe, libremente determine, por el término de cinco (5) años, sin derecho a compensación alguna.

Asimismo, todos los Participantes autorizan, por su mera participación, a que los Datos Personales sean destinados a conformar una base de datos (la “Base de Datos”) del Organizador con fines publicitarios, de estudio de mercado o consumo, estadísticas, y/o cualquier otro licito que este así determine. La provisión de los datos por parte de los Participantes de la Promoción es voluntaria, sin perjuicio de ser un requisito necesario para la participación en la misma.

El titular de los Datos Personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses,

salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. Los Participantes podrán requerir que dicha información les sea suministrada, actualizada, rectificada o removida de la base de datos a su pedido. La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, órgano de control de la Ley Nº 25.326 tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. El registro y participación en la Promoción implicará el otorgamiento por parte del Participante, del consentimiento previsto en los artículos 5° y 11° de la Ley 25.326.-


14. Facultades del Organizador: El Organizador se reserva el derecho de establecer y pronunciarse sobre aquellas situaciones o circunstancias que no hubiesen sido previstas en estas Bases y Condiciones; reservándose asimismo el derecho de cancelar, suspender, o modificar esta Promoción por circunstancias ajenas a su voluntad y previsión, o bien sin causa, aclarándose que, cualquiera de las situaciones anteriormente mencionadas, será ajustada a la legislación vigente en la materia y debidamente comunicada a los Participantes.

La sola participación en la Promoción implica el pleno conocimiento y aceptación de estas Bases y Condiciones, y el reconocimiento de que las decisiones tomadas por el Organizador en relación a la Promoción tendrán el carácter de definitivas e inapelables toda vez que las mismas sean debidamente comunicadas y no resulten abusivas ni infundadas, y no perjudiquen dolosamente el derecho de los Participantes; respetando la legislación aplicable.

El Organizador en ningún caso será responsable por errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo de la Promoción.-


15. Comunicación de la Promoción: La presente Promoción será comunicada a través de publicidad por vía web en la Página Oficial del Organizador @borita.abrazamas, y eventualmente en las Redes Sociales de su uso oficial.


16. Exhibición de las Bases: Las presentes Bases podrán ser consultadas en forma libre y gratuita por vía web en la Página Oficial del Organizador:



17. Ley aplicable, jurisdicción y competencia: Toda relación que se genere en virtud de ésta Promoción y todos sus efectos, entre los Participantes y el Organizador, se regirá por las leyes de la República Argentina, renunciando los Participantes a cualquier otra ley que pudiere resultar aplicable. Toda divergencia que pudiere suscitarse con relación a esta Promoción y todos sus efectos, se someterá y dirimirá en la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios del fuero Civil y Comercial de la Ciudad de Salta, renunciándose a cualquier otro que pudiera corresponder.-

 
 
 

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5 comentarios


MeAtelier Barreyro
MeAtelier Barreyro
hace un día

participo

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juanigmansilla
hace 2 días

Participo

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gmccgildacano19
03 mar

Exelente productos!!!

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noemarcu
19 feb

Participó

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mongeloadriana094
19 feb

Hola es un excelente producto ❤️

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